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viernes, 4 de abril de 2014

ESPAÑA: LA EXPRESIDENTA AGUIRRE SE ENFRENTA A 4 AÑOS DE CARCEL POR DARSE A LA FUGA


Aguirre se juega una sanción por su huida 
que puede ir de 200 euros a 4 años de 
cárcel

La presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre. (EFE)
La expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre convirtió este jueves una simple multa de tráfico en un altercado que puede emborronartoda su carrera política. La presidenta del Partido Popular madrileño fue sancionada por aparcar su vehículo particular en el carril reservado para los autobuses en la Gran Vía de Madrid. Pero, antes de que el trámite fuera completado, Aguirre se subió a su coche y emprendió de nuevo la marcha llevándose por delante la motocicleta de un agente de movilidad. Una patrulla de la Policía Municipal la siguió hasta su vivienda, donde finalmente se le comunicó la sanción.
El incidente, que tuvo lugar a primera hora de la tarde, puede tener graves consecuencias para la dirigente del PP. La parte menos compleja tiene que ver con la sanción por el estacionamiento indebido en el carril bus de la Gran Vía, una infracción administrativa sancionada en Madrid con 200 euros de multa sin pérdida de puntos en el carné de conducir. Si la expresidenta abona la sanción antes de 20 días a contar en el momento de su comunicación, se beneficiará de un descuento del 50%, teniendo que pagar únicamente 100 euros.
Parte del incidente (El País)
La infracción administrativa podría ser mayor si los agentes de movilidad consideran que Aguirre no aportó toda la documentación sobre el vehículo que le había sido requerida. Según las fuentes consultadas por este diario, la expresidenta enseñó su carné de identidad y su permiso de conducir, pero abandonó el lugarantes de mostrar la información del coche. Por esta falta administrativa podría ser multada con un mínimo de 10 euros por cada documento no mostrado y con un máximo de hasta 500 euros, en el caso del permiso del vehículo.
Desobediencia de la autoridad
La huida del lugar de la multa ya es otra cuestión. En Madrid, los agentes de movilidad –un cuerpo creado en 2003 por el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón– tienen el estatus de autoridad pública, igual que un policía municipal o nacional. Es decir, que al contrario de lo que ocurre con los vigilantes del estacionamiento regulado, los ciudadanos están obligados a observar sus indicaciones.
"Los agentes de movilidad son autoridad en cuanto a la regulación del tráfico y del aparcamiento, con competencias específicas a tal efecto. Y además no puede soslayarse que se une a la persecución la policía local, es decir, un Cuerpo y Fuerza de Seguridad del Estado", aclara Enrique Torres Gómez, abogado y director de Accidente.pro.
Si se comprueba que Aguirre arrancó el vehículo antes de que se lo permitieran los agentes de movilidad y además no hizo caso a las indicaciones para que se detuviera, podría enfrentarse a una infracción de tipo penal, tipificada como falta en el artículo 634 del Código Penal, o directamente a un delito, recogido por el artículo 556 del mismo Código. “En el caso de que las indicaciones no fueran claras, podría considerarse una falta, sancionada con multas de 20 euros a 2.400 euros en función del poder adquisitivo del condenado”, explica Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

“Otra cuestión sería si quedara acreditado que una persona hadesobedecido órdenes claras de agentes de la autoridad”, prosigue Arnaldo. “En ese caso, el comportamiento dejaría de ser considerado una falta y se convertiría en un delito, castigado con seis meses a un año de prisión”.
En el caso de la expresidenta de la Comunidad de Madrid, primero habría desobedecido las indicaciones de los agentes de movilidad para que se detuviera y después habría hecho lo mismo con una patrulla de la Policía Municipal que también intentó que frenara su coche sin conseguirlo. “En principio, podría ser una sola infracción continuada, pero también podría llegar a considerarse que se trata de dos delitos distintos”, explica el presidente de AEA. Es decir, que en el peor de los casos, Aguirre podría ser condenada a dos años de prisión. No obstante, como carece de antecedentes penales, nunca llegaría a entrar en la cárcel.
Sin embargo, los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción temeraria o peligrosa, al poder haber puesto en peligro la vida o la integridad física de las personas que circulaban a la par de ella, y de las fuerzas del orden que le perseguían, toda vez que al emprender la fuga pudo conducir en esas condiciones y a velocidad inadecuada, por no decir excesiva, en la vía urbana en la que se encontraba. Este delito está tipificado en el código penal en el artículo 380 “El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años”. Ello podría suponer otra pena de prisión de seis meses y la retirada del carnet por un tiempo de un año, añaden desde el Departamento Jurídico de Accidente.pro.


Procedimiento penal
En cualquier caso, deberá ser un juez el que determine si cometió esos delitos. Tanto los agentes de movilidad como los efectivos de la Policía Municipal que actuaron en este absurdo episodio denunciaron ayer los hechos por separado ante la Policía Nacional. Las denuncias, que deberán ir acompañadas del atestado realizado por los agentes, darán lugar a un proceso judicial en el que Esperanza Aguirre deberá prestar declaración y el juez correspondiente resolverá qué pena se le impone. 
A su favor juega el hecho de que ninguno de los agentes que intervino resultó herido. En el momento en el que Aguirre embistió la motocicleta, no había ninguno cerca. Aunque uno de los efectivos fue luego atendido de una crisis nerviosa en una clínica de la mutua Asepeyo, será difícil que la dirigente del PP sea considerada responsable directa de ese ataque. “En teoría, los daños materiales deberían tener la misma consideración que en un accidente completamente normal”, apunta el presidente de AEA. “Lo lógico es que el seguro de su vehículo se haga cargo de los daños ocasionados a la motocicleta”.

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